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Protocolo acoso laboral, sexual y racial en empresasbarcelona y l'hospitalet de llobregat.

PROTOCOLOS DE ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO

 

 ACOSO GOMINOLAS HV

 

Desde este momento les invito a que procedan a verificar si su empresa cuenta con el PROTOCOLOS DE ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO, debido a la intensiva campaña que para su comprobación está llevando a cabo la Inspección de Trabajo y la gravedad de las consecuencias que de su incumplimiento se derivan.

La inmensa mayoría de empresarios/as y directivos/as desconoce que disponer de un protocolo de esas características es absolutamente obligatorio, con independencia del tamaño y número de trabajadores/as que compongan la plantilla de la empresa, debido a la errónea creencia de que tan sólo deben contar con él las empresas que cuentan con 50 ó más trabajadores/as, obligadas por tanto a disponer también y además de un Plan de Igualdad negociado con la representación legal de sus trabajadores. Toda empresa que cuente con personal laboral, tiene que tener un Protocolo de Acoso Sexual y por razón de sexo.

Muchas empresas tiene este protocolo implantado a través del Plan de Prevención, bien sea con su servicio de Prevención ajeno o con su propio servicio de prevención. Si ese fuese su caso, tiene que comprobar que ese Protocolo cumple con la normativa vigente y sobre todo si está negociado con los representantes de los trabajadores/as.

El incumplimiento de no tener la empresa este protocolo, o tenerlo deficientemente, se encuentra tipificado como constitutivo de Infracción Muy Grave en los apartados 12, 13 y 13 bis del art. 8 de la repetida LISOS, que seguidamente transcribimos:

Son infracciones muy graves:

  1. Las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de edad o discapacidad o favorables o adversas en materia de retribuciones, jornadas, formación, promoción y demás condiciones de trabajo, por circunstancias de sexo, origen, incluido el racial o étnico, estado civil, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos, vínculos de parentesco con otros trabajadores en la empresa o lengua dentro del Estado español, así como las decisiones del empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación.
  2. El acoso sexual, cuando se produzca dentro del ámbito a que alcanzan las facultades de dirección empresarial, cualquiera que sea el sujeto activo de la misma.

13 bis. El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad y orientación sexual y el acoso por razón de sexo, cuando se produzcan dentro del ámbito a que alcanzan las facultades de dirección empresarial, cualquiera que sea el sujeto activo del mismo, siempre que, conocido por el empresario, éste no hubiera adoptado las medidas necesarias para impedirlo.

La sanción administrativa prevista en el art. 40.2.c) de la LISOS para el caso de incumplimiento son, en entre 6.251 y 187.515 €;

Adicionalmente a las sanciones administrativas indicadas, las empresas incumplidoras pueden incurrir además y acumuladamente en responsabilidad civil e incluso, en casos extremos, en responsabilidad penal, recargos sobre prestaciones de Seguridad Social derivadas de accidente de trabajo y/o enfermedad profesional por falta, insuficiencia o inadecuación de medidas de seguridad, así como ser sancionadas con la pérdida automática y/o su exclusión de ayudas, bonificaciones y, en general, beneficios derivados de la aplicación de programas de empleo.

STOPACOSOHV

Si consideran Vdes. que no tienen debidamente atendida tan importante obligación legal les emplazamos para que se pongan en contacto con nuestro Despacho a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., y les informaremos de modo más detallado y personalizado sobre las actuaciones a seguir con vistas a la negociación, formación y elaboración del Protocolo.

 

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